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Jueves, 22 de Junio de 2017

Multas autónomos o pymes

Multas de 820.000 euros para quien pague tarde a autónomos o pymes

Se busca poner en marcha un sistema de arbitraje que dirima los conflictos entre empresas.

La proposición de ley de Ciudadanos para atajar la morosidad llega al Pleno del Congreso de los Diputados. En concreto, la formación naranja propone el establecimiento de un régimen sancionador, con multas de entre 60 y 819.780 euros para aquellos que contraigan deudas con las empresas, especialmente pymes, las más afectadas por este tipo de prácticas. Asimismo, se busca poner en marcha un sistema de arbitraje que dirima los conflictos entre empresas.

Estas sanciones quedaron ya recogidas en el pacto de investidura que Ciudadanos firmó con el PP. Sin embargo, ante la pasividad de esta formación política, el pasado mes de mayo Ciudadanos registró su iniciativa. La misma está auspiciada por asociaciones de autónomos, pymes y la Plataforma Multisectorial contra la Morosidad (PMCM).

Según explica Europa Press, el régimen sancionador para hacer cumplir los plazos establecidos en la legislación vigente una reivindicación de esta formación para enfrentar la "impunidad" que existe en este sentido en nuestro país. Así, y según los datos expuestos por Ciudadanos, en 2016 el periodo medio de pago en el sector público alcanzó los 71 días y en el privado 77.

La proposición de ley de Ciudadanos establece como infracción grave exceder el plazo legal de pago en más de veinte días, mientras que constituirá infracción muy grave el que dicho plazo legal de pago se exceda en más de sesenta días.

Las primeras tienen establecido multas que oscilan entre los 2.046 euros hasta los 40.985 euros, en función del grado de gravedad, mientras que las multas para las infracciones muy graves pueden alcanzar, en su máximo, entre los 409.891 euros a 819.780 euros.

Además del régimen sancionador, la proposición de ley contempla un Sistema Arbitral de Morosidad, cuya organización, gestión y administración y su procedimiento de resolución de conflictos encomiendan desarrollar al Gobierno en el reglamento de la ley. Asimismo, establecen la obligatoriedad para las empresas de publicar en las memorias de sus cuentas anuales, algo que para las sociedades mercantiles cotizadas también se extiende a su propia página web.

Cinco Días – 19 de junio 2017

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